sábado, octubre 13, 2007

Juez ordena perseguir mujer impidió ex marido vea hijo porque le debía dinero

Servicios Goole/Terra, España

Mal asunto utilizar a los niños como objeto de cambio. Eso es lo que, en apariencia, hizo una vecina de Murcia contra la que el titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Murcia, Julio Guerrero, ha deducido testimonio y lo ha enviado al juzgado de guardia para que investigue si la mujer ha podido incurrir en una infracción penal.

Con la resolución del juez, esta chica, que había llegado al juzgado en calidad de supuesta víctima de un delito de amenazas familiares, ha salido del mismo como sospechosa.

Los hechos que han dado origen a esta sentencia se remontan al 21 de septiembre pasado, cuando Juan, que había llegado a Murcia desde Almería para cumplir con el régimen de visitas y estar con su hijo, telefoneó a su ex mujer y ésta le dijo, aparentemente, que no le iba a dejar al pequeño. Para justificar su negativa, María le espetó a su ex compañero que le debía 80 euros de la compra del material escolar y que, por esa razón, tendría que regresar a Almería de vacío.

El rechazo de la mujer a dejar que viese al pequeño dio origen a una airada reacción del varón, lo que llevó a María a presentar una denuncia por un supuesto delito de amenazas en el ámbito familiar. En concreto, la chica manifestó que su ex esposo la había amenazado 'con matarla, atropellarla o amargarle la vida'.

El juicio por estos hechos se celebró apenas unos días después y, en el transcurso del mismo, el acusado -para quien el fiscal pedía nueve meses de cárcel y dos años de prohibición de acercamiento o comunicación con María- admitió haberse enfadado y haber gritado ante la negativa de la mujer a dejarle al niño, pero aseguró que en ningún caso la había amenazado.

El magistrado considera que no existen pruebas suficientes para condenar a Juan, ya que no hay más datos que la declaración de la mujer y ninguna otra prueba periférica que acredite los hechos, por lo que le absuelve del delito citado.

Sin embargo, el juez Guerrero establece en su resolución que lo que sí ha quedado probado, incluso por la propia declaración que 'paladinamente' realizó la propia mujer, que éste impidió que su ex marido viese al niño, alegando que le debía 80 euros.

El juzgador considera que el comportamiento de la mujer es perseguible judicialmente, ya que ésta 'debía de haberle reclamado el pago de ese dinero, incluso mediante el procedimiento judicial correspondiente, pero en ningún caso utilizar el régimen de visitas al niño como forma de coacción al padre'.

De esta forma, el juez apunta a que María ha podido incurrir en una falta del artículo 618.2 del Código Penal, que establece que será condenado a una multa de 10 días a dos meses a quien 'incumpliere obligaciones familiares establecidas en convenio judicial o resolución judicial...'.

La decisión del magistrado ha sido ordenar que se deduzca testimonio contra la mujer, y que se remita su declaración al juzgado de guardia, con el fin de que éste decida si le abre o no diligencias por infracción penal. La resolución no es firme y puede ser recurrida.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Pues me parece muy bien.

Los hijos NUNCA deben ser moneda de cambio.

Aunque su padre pudiera ser un tarambana no tiene derecho a dejar al niño "huérfano".

Anónimo dijo...

bufete de abogados economicos, AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS AL CIUDADANO

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